Universidad Politécnica de Cartagena

EXPEDICIÓN Y ARCHIVO DE TÍTULOS 

1. Expedición de Títulos Propios y Registro

  •  Al superar los Estudios correspondientes a Cursos de Formación Específica se otorgará por el Vicerrector/a con competencias en Estudios de Formación Continua el Certificado correspondiente. 

  •  La denominación del Título será (siendo "T" el nombre del Título): 

            Certificado de Formación Específica en "T" por la Universidad Politécnica de                     Cartagena. 

  • En cualquier Certificado  se especificará el tipo de enseñanza realizada, carga docente y duración de las enseñanzas cursadas (en horas). 

  • Cada Certificado llevará anexa el valor equivalente en ECTS (4,4  créditos ECTS para los cursos de 110 horas) 4 créditos ECTS para los cursos de 100 horas y  4,4 créditos ECTS para los cursos de 110 horas)  

  • Todos los Certificados expedidos deberán constar en el Registro de Títulos Propios, con análogas condiciones de identificación, custodia, certificación y carácter público que el Registro universitario de Títulos oficiales, aunque totalmente diferenciado de éste. 

  • En el anverso de estos documentos deberá figurar el nombre y apellidos del interesado/a, fecha y lugar de nacimiento, número de DNI (NIF/NIE), denominación completa de los Estudios cursados, fecha de expedición y la firma de la autoridad que otorga Certificado. Asimismo, se hará constar una diligencia indicando que este Certificado no tiene la validez de los Estudios oficiales del artículo 34.1 de la LOU. 

  •  En el dorso se hará constar, mediante diligencia, el número de registro del libro correspondiente; la misma deberá firmarse por el jefe/a de la unidad administrativa correspondiente. 

  •  Los duplicados de Certificados se solicitarán mediante instancia dirigida al Rector/a, y en la que se expondrá la causa que obliga a la expedición del duplicado (extravío, deterioro, cambio de nombre o cualquier otra circunstancia personal). Cuando el duplicado se solicitase por causas ajenas a la UPCT el/la solicitante deberá volver a abonar las tasas de expedición del Certificado. 

2. Archivo de expedientes. 

  • En la Sección de Posgrado y Formación Continua, a efectos administrativos de custodia y certificación, existirá un archivo actualizado de todos los Estudios de Enseñanzas Propias, con toda la documentación mencionada en los párrafos anteriores.