Extremadura
Convocatoria 2016 ( temarios, baremos, tipo examen, etc...)
Baremo para formación permanente
RESUMEN
Para completar el apartado se necesitarían:
Cursos de 110 horas (puedes encontrar cursos 100% ONLINE de 110 horas a un precio de 50 euros gestionados e impartidos directamente por la universidad pública de Cartagena (Comunidad autónoma de Murcia)
www.cursoshomologadosdocentes.es
https://doe.gobex.es/pdfs/doe/2016/820o/16060621.pdf
III.- OTROS MÉRITOS (Máximo 2 puntos)
3.1. Formación Permanente.
3.1.1. Por cursos, seminarios, jornadas, grupos de trabajo o proyectos de formación permanente y perfeccionamiento superados o impartidos como ponente, directamente relacionados con plataformas web de gestión escolar, similares a Rayuela, o sistemas operativos no propietarios, hasta un máximo de 1 punto, por cada crédito..............................................................................................................................................0,050
3.1.2.- Por cursos, seminarios, jornadas, grupos de trabajo o proyectos de formación permanente y perfeccionamiento superados o impartidos como ponente, no valorables en el apartado anterior, hasta un máximo 1,500 puntos, por cada crédito...........................................................................................................................................................0,030
En el caso de la formación
continua, certificación de la
actividad donde conste de modo
expreso el número de horas de
duración del curso o número de
créditos.
En el caso de las actividades de
formación homologadas, se
deberá acompañar,
necesariamente, la
correspondiente diligencia de
homologación de la actividad
expedida por la Consejería de
Educación y Empleo de la Junta de
Extremadura u otras
Administraciones educativas.
En el caso de los cursos de la
Universidad la certificación deberá
ser emitida por el órgano
competente.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
- Toda la documentación acreditativa de los méritos se presentará ordenada conforme
al baremo.
- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 36.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, deberán traducirse
al castellano los documentos que, redactados en lengua oficial de una Comunidad
Autónoma, deban surtir efectos fuera del territorio de esa Comunidad.
- Los aspirantes no podrán alcanzar más de 10 puntos por la valoración de los méritos.
III.- OTROS MÉRITOS.
3.1. Formación Permanente
a) Se valorarán los cursos, seminarios, jornadas, grupos de trabajo o proyectos realizados o impartidos como ponente.
b) De expresarse el certificado en horas se entenderá que cada 10 horas equivalen a 1 crédito.
c) No se valorarán las actividades formativas en que no conste expresamente el número de créditos o de horas.
d) Sólo se tendrán en cuenta las actividades de formación de las universidades públicas o
privadas cuando el certificado esté firmado por el Secretario, Decano, Rector, Vicerrector o
Director de Escuela Universitaria, salvo que el interesado acredite documentalmente que el
órgano firmante es competente para ello.
e) Las actividades de formación de las universidades de verano se valorarán únicamente si
han sido auspiciadas por una universidad pública o privada legalmente autorizada. No se
tendrán en cuentas las convocadas por Fundaciones, Patronatos..., aunque estén
vinculadas con una universidad pública o privada.
AVISO: Esto es un resumen del baremo de méritos de la convocatoria, para ver el documento completo puedes pulsar en los enlaces colocados anteriormente.